Quito ha aprobado la Ordenanza Metropolitana de Alivio Económico y Remisión Tributaria 096-2025. Esta medida permite a los contribuyentes ponerse al día con sus impuestos municipales sin pagar intereses, multas ni recargos.
Vigencia del beneficio y condiciones clave
La condonación estará vigente hasta el 30 de junio de 2025. Se aplicará de forma automática, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional. Sin embargo, si hasta esa fecha no se ha pagado el total del capital, se reactivarán los intereses y recargos sobre el saldo pendiente.
¿A quién beneficia esta medida?
Este incentivo está dirigido a personas naturales y jurídicas. También incluye a entidades adscritas, empresas públicas y agencias municipales. El objetivo es facilitar el cumplimiento tributario y apoyar la economía local.
Impuestos incluidos en la condonación
El 100% de intereses, multas y recargos se condona al pagar total o parcialmente los siguientes rubros:
- Impuesto predial
- Patente municipal y 1.5 x mil
- Contribución Especial por Mejoras (CEM)
- Tasas de licenciamiento LMU
- Impuesto a inmuebles no edificados
- Impuesto a la utilidad y plusvalía en transferencias de bienes urbanos y rurales
- Impuesto de alcabalas
- Impuesto al rodaje
- Tasas tributarias (tasa de turismo, LMU, entre otras)
Requisitos para acceder al beneficio
Quienes no hayan declarado su patente municipal y el 1.5 x mil deberán inscribirse para acogerse al beneficio.
Los ciudadanos que presenten declaraciones tardías y no generen impuestos (por ejemplo, adultos mayores, artesanos calificados y personas con discapacidad) no recibirán multas.
En caso de declaraciones sustitutivas, es necesario justificar las diferencias y pagar el capital total o parcial. También se debe desistir de cualquier impugnación.
Compensaciones y saldos a favor
Si el ciudadano cuenta con créditos tributarios por pagos indebidos o en exceso, se podrá compensar con el capital pendiente. Si aún queda un saldo a favor, podrá acogerse a la remisión sobre el valor no compensado.
Facilidades de pago y coactivas
Los contribuyentes con planes de pago vigentes y cuotas al día también pueden acogerse al beneficio. Si ya han pagado el 100% del capital, recibirán la remisión automáticamente. En caso contrario, deberán cancelar el saldo restante para obtenerla.
Quienes tengan obligaciones en ejecución coactiva pueden pagar total o parcialmente su deuda. Para ello, deberán notificar el pago a la Unidad de Coactivas del municipio.
Fuente: Municipio del Distrito Metropolitano de Quito